El proyecto de ley busca la  creación de tres Fondos específicos, siendo financiados por la emisión de títulos del Gobierno que serán adquiridos por el Banco de Guatemala. Estás medida equivaldrán a un aproximado de 1.8% del PIB nacional. 

Asimismo, su propósito es establecer mecanismo para compensar y mitigar la crisis económica que representa para el país el COVID-19. Serán aplicadas como medidas de compensación social para la población que habita en el territorio nacional y se enfoca en las personas más vulnerables.

Los tres fondos consisten en : 

  • Fondo Bono Familia:

Este fondo será ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social, por medio del sistema bancario, entidades y grupos financieros. Se constituye un fondo de seis mil millones de quetzales (Q6,000,000,000.00) para otorgar aportes de hasta Q1,000.00. La Superintendencia de Bancos emitirá las disposiciones y excepciones necesarias para abrir cuentas monetarias, cuyos beneficiarios serán  las persona en pobreza, madres solteras u hogares monoparentales, adultos mayores, las personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y degenerativas, y las familias o niñas en estado de desnutrición, al igual de la concentración de fuerza laboral por departamento. 

Se excluye de este beneficio a las personas cuyo consumo eléctrico mensual supere los 200 kWh comprobables por medio del último recibo de energía eléctrica correspondiente al mes de febrero 2020, servidores públicos, personas con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público o quienes reciban beneficios de cualquier sistema de pensiones, incluyendo las clases pasivas del Estado o reciban pensiones por parte del IGSS.

  • Fondo para la protección del empleo

Se crea dicho fondo para la protección de los trabajadores del sector privado cuando hayan sido suspendidos con la debida autorización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, este fondo será administrado por el CHN, se constituye por un monto de dos mil millones de que quetzales (2,000,000,000.00) podrán ser otorgados por un monto fijo de Q75.00 diarios por trabajador, quedando exentos de cualquier retención e impuesto. 

  • Fondo de Crédito para Capital de Trabajo

Busca financiar en forma directa o a través de mecanismos financieros necesarios el capital de trabajo con condiciones blandas con el fin mantener la capacidad productiva. Autoriza al Organismo Ejecutivo realizar transferencias de hasta tres mil millones de quetzales a el CHN, quien destinará el monto a la conformación del Fondo de Créditos para Capital de Trabajo. La finalidad del recurso es otorgar créditos con condiciones blandas a personas individuales o jurídicas con el fin de financiar capital de trabajo y la continuidad de operaciones del negocio.

 

DECRETO 13-2020

Iniciativa de Ley 5757