Reformas al Artículo 58, Aplicación de la Inhabilitación Especial del Código Penal Decreto 27-73

Iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Reforma el artículo 58 conjuntamente con la pena principal se impondrá la de inhabilitación especial, cuando el hecho delictuoso se cometiere con abuso del ejercicio o con infracción de los deberes inherentes a una profesión o actividad.



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